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24 de diciembre de 2004
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¡Feliz Navidad! ¿A quién le toca el regalo grande?

Con el recuento de los votos de la elección general del 2004 casi terminada y los empleados de la Comisión Estatal de Elecciones de Puerto Rico ya liberados con motivo de las festividades navideñas, parece que el candidato del Partido Popular Democrático (PPD), Aníbal Acevedo Vilá, es el ganador por un estrecho margen.

Según el Presidente de la Comisión Estatal de Elecciones, Aurelio Gracia, la certificación oficial se emitirá el próximo martes o miércoles. Sin embargo, ese anuncio no necesariamente será el fin de toda esta historia.

El panorama legal en Puerto Rico está lleno de obstáculos y oportunidades para Rosselló, desde leves correcciones hasta la potencial intervención del Tribunal Supremo de los Estados Unidos. En una elección tan reñida como esta, en que sólo unos pocos votos pueden cambiar el resultado, pequeñas irregularidades o acusaciones de fraude pueden ser el factor decisivo, tal como los intrigantes rumores que algunos pacientes votaron mientras se encontraban en los hospitales y luego salieron para ir a votar nuevamente en las urnas.

Sin embargo, parecen haber por lo menos otras tres áreas en las que existen suficientes votos que pueden disputarse como para cambiar el resultado de la elección – los famosos pivazos o papeletas mixtas, los votos de los prisioneros y los votos en ausencia.

La controversia de los pivazos ha sido el mayor desafio presentado por el PNP desde la elección el 2 de noviembre. Aparentemente basándose en la interrogante de si una persona puede votar por un partido y también por los candidatos de otro partido, la duda fue llevada por el PNP y Pedro Rosselló (quien es el afectado en la elección) ante el Juez Federal de Distrito, Daniel Rodríguez, en San Juan, quien lo remitió a un panel de tres jueces en el tribunal del Primer Circuito de Apelación en Boston. Sin embargo, la apelación se basó en una cuestión de procedimiento, no en el concepto de votación que está en disputa – el principio de un hombre/un voto. La apelación que se presentó fue por la decisión del Tribunal Supremo de Puerto Rico que ellos, y no los tribunales federales, son los que cuentan con la jurisdicción para determinar la validez de los pivazos.

El Tribunal de Apelaciones decidió el 15 de diciembre que el Tribunal Supremo en Puerto Rico cuenta con jurisdicción sobre las elecciones en Puerto Rico. Como ya ese tribunal había declarado la validez de los pivazos, que casi exclusivamente favorecen al PPD, se asumió que este sería el factor determinante que entregaría la victoria en la elección a Acevedo Vilá.

El martes pasado, el PNP llevó el caso nuevamente ante los seis jueces del Tribunal de Apelaciones en Boston, pero la audiencia fue negada. El rechazo se basó nuevamente en la cuestión de jurisdicción, pero los abogados de Pedro Rosselló se refirieron al asunto del voto doble en su presentación legal, refiriéndose a los votantes que marcaron en sus papeletas de votación a los candidatos para Gobernador y Comisionado Residente del PPD y luego también votaron a favor del Partido Independentista Puertorriqueño. Indicaron que: "queda absolutamente claro que la resolución de la Comisión Estatal de Elecciones (de validar los pivazos) confiere a un grupo selecto y especial de votantes la oportunidad de votar por un partido sin votar a favor de ninguno de sus candidatos. Ningún otro votante cuenta con ese poder".

Se informó en la prensa de Puerto Rico que el panel original de tres jueces en Boston estuvo de acuerdo con que el "sobre voto" o el tema de "diluir los votos" podría tener mérito, en vez del asunto sobre jurisdicción que fue lo que se les pidió que consideraran. Esto podría indicar que pueden haber más posibilidades para el PNP ante los tribunales federales, tal vez hasta el Tribunal Supremo de los Estados Unidos.

Las otras posibles áreas de contienda legal son los votos de los prisioneros y los votos en ausencia. El PNP podría argumentar que los funcionarios electorales han tomado decisiones prejuiciadas en ambos casos.

En el caso de los votos de los prisioneros, el Presidente de la Comisión Estatal de Elecciones, Aurelio Gracia, ordenó el lunes que se contaran las 3,036 papeletas en disputa de los prisioneros. El Comisionado de Elecciones del PPD, Gerardo Cruz, calcula que un 60% de esos votos son a favor de Acevedo Vilá. El PNP ha alegado que muchos prisioneros se vieron presionados a votar a favor de Acevedo Vilá. El PPD insiste en que la preferencia de los prisioneros fue una reacción a los comentarios de Rosselló durante su campaña insinuando que, de ser electo, él les negaría el voto. Por la razón que sea, se sabía que una gran mayoría de esos votos favorecían al PPD y el PNP considera que la decisión de Gracia de incluirlos en el conteo fue otro indicio de sus prejuicios a favor del PPD.

En el campo de las papeletas de los votantes en ausencia, el PNP se queja que no se contarán suficientes votos. Se presume que las papeletas en ausencia favorecen a Rosselló, pero ya no están siendo aceptadas por la Junta Administrativa de Voto Ausente (JAVA). La Junta ha indicado que ya ha pasado la fecha límite para hacer llegar papeletas de votantes en Estados Unidos (30 días después de su fecha de emisión del 22 de noviembre) y de países en el exterior (45 días después de su fecha de emisión del 7 de diciembre).

El PNP sospecha otros motivos. Algunos de los votantes en ausencia son soldados locales que están sirviendo en Afganistán e Irak. No sólo están siendo privados de su derecho a votar por el Comandante – en – Jefe de las fuerzas armadas de los Estados Unidos, por ser residentes en Puerto Rico, sino que los procedimientos locales y falta de interés de los funcionarios federales han hecho que algunos de sus votos sean descartados a pesar de lo que estimpulan los estatutos de la Ley de Votos Ausentes de Cuidadanos Uniformados y en el Extranjero.

Según un estudio recientemente publicado por la APRS (Americans for Puerto Rico Statehood), bajo la ley del Estado Libre Asociado de Puerto Rico y en conformidad con la Ley de Votos Ausentes de Ciudadanos Uniformados y en el Extranjero, cualquier individuo elegible a votar y que haya debidamente sometido su solicitud antes de la fecha límite, tiene que recibir su papeleta por correo 30 días antes de la elección general. El Tribunal Federal recibió evidencia que un militar recibió su papeleta el 18 de noviembre con timbre postal del 15 de noviembre, aún cuando la Comisión Estatal de Elecciones aseguró bajo juramente ante el Tribunal Federal que todas las papeletas restantes habían sido enviadas entre el 27 y 30 de octubre.

Y continúa el tango.... pueden haber muchos más casos en los tribunales. ¿Cuándo y cómo debe ponerse fin a todo esto? ¿Cuán lejos debe ir un individuo o un partido disputando una elección?

En esta extremadamente reñida elección para Gobernador de Puerto Rico, la pregunta es muy significativa. Esta es su oportunidd de decidir, en esta elección específica, cuán lejos debe ir el PNP. ¿Qué piensa usted al respecto?

Por favor, emita su voto arriba.

Pregunta de esta semana:

¿Cuán lejos deber ir el PNP para asegurarse que los resultados de la elección para Gobernador reflejan el deseo de los votantes puertorriqueños?
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EU . Residentes
<---->
. PR
52%
El PNP debe agotar todas las opciones legales.

43%
14% El PNP sólo debe refutar los asuntos legales locales y ante la Comisión Estatal de Elecciones.

7%
34% El PNP debe dejar de lado todas las disputas y aceptar los resultados del recuento.

50%
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