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THE WASHINGTON POST
Hora de definiciones para Puerto Rico
por Dick Thornburgh
19 de noviembre de 1998
©Marca Registrada 1998, The Washington Post Co. Todos los
derechos reservados.
Aparentemente cansado de esperar directivas claras del Congreso,
el pueblo de Puerto Rico ha usado las herramientas que le provee
la propia constitución local para programar una votación
para el 13 de diciembre sobre el status de la isla.
Actualmente, en Puerto Rico tiene lugar un fuerte debate y
quienes apoyan las distintas opciones de status -estado libre
asociado (ELA), estadidad o independencia- hacen conocer sus ventajas
a los votantes. Pero, a pesar de los claros antecedentes que se
han formado en años de exhaustivas audiencias en el Congreso,
aún persisten gran cantidad de equívocos sobre lo
que sucederá bajo cada una de esas opciones. Como lo informé
al Congreso en 1991, cuando testifiqué como procurador
general de los EE.UU. sobre esta materia, las opciones deben ser
definidas con claridad y realismo para que haya una bien informada
autodeterminación de Puerto Rico, hogar de 3,8 millones
de ciudadanos estadounidenses.
Por ejemplo, algunos argumentan que el Congreso "redefinió"
el status de ELA actualmente vigente en la isla al no reconocer
que Puerto Rico tiene una identidad nacional separada de la de
los Estados Unidos. En realidad, como estado libre asociado, Puerto
Rico está hoy sometido exclusivamente a la soberanía
nacional de los Estados Unidos y no tiene nacionalidad separada,
ya sea legal o constitucional.
Es muy comprensible que los puertorriqueños quieran
preservar cierta identidad cultural sin separarse políticamente
de la soberanía nacional estadounidense. Debería
tenerse en cuenta, sin embargo, que bajo el ELA el Congreso tiene
mayor poder para regular los asuntos de Puerto Rico mediante la
aplicación de leyes federales (por ejemplo: las exigencias
del uso del idioma inglés) que en el caso de que la isla
fuera un estado. Si la soberanía de los EE.UU. continúa,
será únicamente como estado que Puerto Rico podrá
gozar de las facultades que otorga la 10ª Enmienda sobre
los asuntos no federales, al igual que de la facultad de votar
en el Congreso.
Ciertos defensores del estado libre asociado usan el erróneo
argumento de que el modelo de política económica
del ELA se basa en la "autonomía fiscal". Esta
expresión no tiene base constitucional y únicamente
sirve para ocultar la presunción de que los contribuyentes
estadounidenses continuarán subsidiando el actual status
de paraíso fiscal de Puerto Rico. Sin embargo, nadie puede
asegurar por cuanto tiempo el Congreso seguirá gastando
$10.000 millones anuales en Puerto Rico sin iniciar la aplicación
de impuestos federales y del IRS.
La decisión tomada en Washington en 1996, apoyada por
ambos partidos, de eliminar la exención fiscal corporativa
de Puerto Rico -el pilar de la denominada "autonomía
fiscal"- demostró que el Congreso puede modificar
unilateralmente la política impositiva aplicada en el ELA.
Dado que el status del ELA es definido por estatutos federales
en lugar serlo por la Constitución, cualquier autonomía
-fiscal o política- queda sometida a la voluntad del Congreso.
Por ultimo, los partidarios del ELA continúan aseverando
que la ciudadanía estadounidense para los habitantes del
territorio es un "derecho constitucional" que no puede
ser eliminado por el Congreso. A pesar de que resulta difícil
clarificar esta cuestión, es esencial hacerlo para que
la gente vote bien informada.
Para empezar, la actual ciudadanía de las personas nacidas
en Puerto Rico es otorgada por estatuto y no está completamente
protegida por la Constitución de los EE.UU, como sí
sucede con la de las personas nacidas en los estados. Todo lo
que el Congreso otorgó por estatuto puede también
ser denegado por estatuto en el futuro.
Aunque los ciudadanos estadounidenses estatutarios de Puerto
Rico gozan de algunos derechos legales federales (por ej.: debido
proceso legal), otros derechos le son denegados (por ej.: igualdad
de derechos de voto, juicios federales). La concesión de
ciudadanía por estatuto es una cuestión sometida
a normativas, no un derecho legalmente protegido, y por lo tanto
el Congreso tiene la facultad de modificar o dar por terminada
cualquiera de esas normas estatutarias.
Por ejemplo, si los puertorriqueños expresaran democráticamente
el claro deseo de tener una nacionalidad separada, el Congreso
de los Estados Unidos podría poner fin a la ciudadanía
estadounidense y establecer una ciudadanía propia para
el territorio, como parte de una transición con respecto
al status actual. En realidad, el Congreso ya impuso ese tipo
de ciudadanía separada en Puerto Rico entre 1900 y 1917.
El Congreso hizo lo mismo en las Filipinas, cuando todavía
eran un territorio libre asociado de los Estados Unidos, antes
de su independencia en 1946.
Mientras Puerto Rico siga siendo un estado libre asociado,
el congreso mantendrá la soberanía sobre Puerto
Rico, y ninguna norma será permanente porque ningún
Congreso puede obligar a un futuro Congreso. Esta es una de las
razones por la que los partidarios de la estadidad quieren la
plena representación en el Congreso y la soberanía
protegida por la 10ª Enmienda.
Los que apoyan la soberanía nacional separada argumentan
que las relaciones con los Estados Unidos deben ser reguladas
por tratados establecidos entre dos soberanías separadas.
Los defensores de cada una de estas opciones de status quieren
evitar la imposición de leyes dictadas por un Congreso
en el cual los puertorriqueños no tienen representación
con derecho a voto.
Para que los votantes de Puerto Rico puedan emitir un voto
bien informado sobre la estadidad o la independencia, debe ofrecérseles
una honesta y clara descripción de cada una de estas opciones.
Desafortunadamente, aquellos que por años han pregonado
el concepto de nación dentro de una nación desacreditan
cualquier definición realista del estado libre asociado
diciendo que es "pro estadidad". Por su parte, definen
al ELA como un mítico "super status", que reúne
los beneficios tanto de la estadidad como de la independencia,
sin sus respectivas responsabilidades.
La votación del 13 de diciembre apenas será el
primer paso para Puerto Rico. Sin importar cuáles sean
los resultados, cuando el Congreso vuelva a reunirse tendrá
una cosa en claro: que el status de Puerto Rico no puede continuar
impreciso e irresuelto.
El autor, un ex procurador general de los EE.UU., es consultor
en materia constitucional de la Fundación Educacional (O
EDUCATIVA O PARA LA EDICACION ) del Ciudadano (Citizen's Educational
Foundation), un agrupación cívica que promueve la
autodeterminación de los residentes de la isla.
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