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THE WASHINGTON POST

Hora de definiciones para Puerto Rico

por Dick Thornburgh

19 de noviembre de 1998
©Marca Registrada 1998, The Washington Post Co. Todos los derechos reservados.

Aparentemente cansado de esperar directivas claras del Congreso, el pueblo de Puerto Rico ha usado las herramientas que le provee la propia constitución local para programar una votación para el 13 de diciembre sobre el status de la isla.

Actualmente, en Puerto Rico tiene lugar un fuerte debate y quienes apoyan las distintas opciones de status -estado libre asociado (ELA), estadidad o independencia- hacen conocer sus ventajas a los votantes. Pero, a pesar de los claros antecedentes que se han formado en años de exhaustivas audiencias en el Congreso, aún persisten gran cantidad de equívocos sobre lo que sucederá bajo cada una de esas opciones. Como lo informé al Congreso en 1991, cuando testifiqué como procurador general de los EE.UU. sobre esta materia, las opciones deben ser definidas con claridad y realismo para que haya una bien informada autodeterminación de Puerto Rico, hogar de 3,8 millones de ciudadanos estadounidenses.

Por ejemplo, algunos argumentan que el Congreso "redefinió" el status de ELA actualmente vigente en la isla al no reconocer que Puerto Rico tiene una identidad nacional separada de la de los Estados Unidos. En realidad, como estado libre asociado, Puerto Rico está hoy sometido exclusivamente a la soberanía nacional de los Estados Unidos y no tiene nacionalidad separada, ya sea legal o constitucional.

Es muy comprensible que los puertorriqueños quieran preservar cierta identidad cultural sin separarse políticamente de la soberanía nacional estadounidense. Debería tenerse en cuenta, sin embargo, que bajo el ELA el Congreso tiene mayor poder para regular los asuntos de Puerto Rico mediante la aplicación de leyes federales (por ejemplo: las exigencias del uso del idioma inglés) que en el caso de que la isla fuera un estado. Si la soberanía de los EE.UU. continúa, será únicamente como estado que Puerto Rico podrá gozar de las facultades que otorga la 10ª Enmienda sobre los asuntos no federales, al igual que de la facultad de votar en el Congreso.

Ciertos defensores del estado libre asociado usan el erróneo argumento de que el modelo de política económica del ELA se basa en la "autonomía fiscal". Esta expresión no tiene base constitucional y únicamente sirve para ocultar la presunción de que los contribuyentes estadounidenses continuarán subsidiando el actual status de paraíso fiscal de Puerto Rico. Sin embargo, nadie puede asegurar por cuanto tiempo el Congreso seguirá gastando $10.000 millones anuales en Puerto Rico sin iniciar la aplicación de impuestos federales y del IRS.

La decisión tomada en Washington en 1996, apoyada por ambos partidos, de eliminar la exención fiscal corporativa de Puerto Rico -el pilar de la denominada "autonomía fiscal"- demostró que el Congreso puede modificar unilateralmente la política impositiva aplicada en el ELA. Dado que el status del ELA es definido por estatutos federales en lugar serlo por la Constitución, cualquier autonomía -fiscal o política- queda sometida a la voluntad del Congreso.

Por ultimo, los partidarios del ELA continúan aseverando que la ciudadanía estadounidense para los habitantes del territorio es un "derecho constitucional" que no puede ser eliminado por el Congreso. A pesar de que resulta difícil clarificar esta cuestión, es esencial hacerlo para que la gente vote bien informada.

Para empezar, la actual ciudadanía de las personas nacidas en Puerto Rico es otorgada por estatuto y no está completamente protegida por la Constitución de los EE.UU, como sí sucede con la de las personas nacidas en los estados. Todo lo que el Congreso otorgó por estatuto puede también ser denegado por estatuto en el futuro.

Aunque los ciudadanos estadounidenses estatutarios de Puerto Rico gozan de algunos derechos legales federales (por ej.: debido proceso legal), otros derechos le son denegados (por ej.: igualdad de derechos de voto, juicios federales). La concesión de ciudadanía por estatuto es una cuestión sometida a normativas, no un derecho legalmente protegido, y por lo tanto el Congreso tiene la facultad de modificar o dar por terminada cualquiera de esas normas estatutarias.

Por ejemplo, si los puertorriqueños expresaran democráticamente el claro deseo de tener una nacionalidad separada, el Congreso de los Estados Unidos podría poner fin a la ciudadanía estadounidense y establecer una ciudadanía propia para el territorio, como parte de una transición con respecto al status actual. En realidad, el Congreso ya impuso ese tipo de ciudadanía separada en Puerto Rico entre 1900 y 1917. El Congreso hizo lo mismo en las Filipinas, cuando todavía eran un territorio libre asociado de los Estados Unidos, antes de su independencia en 1946.

Mientras Puerto Rico siga siendo un estado libre asociado, el congreso mantendrá la soberanía sobre Puerto Rico, y ninguna norma será permanente porque ningún Congreso puede obligar a un futuro Congreso. Esta es una de las razones por la que los partidarios de la estadidad quieren la plena representación en el Congreso y la soberanía protegida por la 10ª Enmienda.

Los que apoyan la soberanía nacional separada argumentan que las relaciones con los Estados Unidos deben ser reguladas por tratados establecidos entre dos soberanías separadas. Los defensores de cada una de estas opciones de status quieren evitar la imposición de leyes dictadas por un Congreso en el cual los puertorriqueños no tienen representación con derecho a voto.

Para que los votantes de Puerto Rico puedan emitir un voto bien informado sobre la estadidad o la independencia, debe ofrecérseles una honesta y clara descripción de cada una de estas opciones. Desafortunadamente, aquellos que por años han pregonado el concepto de nación dentro de una nación desacreditan cualquier definición realista del estado libre asociado diciendo que es "pro estadidad". Por su parte, definen al ELA como un mítico "super status", que reúne los beneficios tanto de la estadidad como de la independencia, sin sus respectivas responsabilidades.

La votación del 13 de diciembre apenas será el primer paso para Puerto Rico. Sin importar cuáles sean los resultados, cuando el Congreso vuelva a reunirse tendrá una cosa en claro: que el status de Puerto Rico no puede continuar impreciso e irresuelto.

El autor, un ex procurador general de los EE.UU., es consultor en materia constitucional de la Fundación Educacional (O EDUCATIVA O PARA LA EDICACION ) del Ciudadano (Citizen's Educational Foundation), un agrupación cívica que promueve la autodeterminación de los residentes de la isla.

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