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RESOLUCIÓN REFERIDA A LA ACCIÓN PARLAMENTARIA PARA LA AUTODETERMINACIÓN DE PUERTO RICO

Los habitantes de Puerto Rico, como ciudadanos nacidos en los Estados Unidos poseen las mismas libertades individuales que todos los demás ciudadanos americanos, incluyendo el derecho a proteger y desarrollar su cultura local y herencia lingüística, y el derecho a manejar sus propios asuntos de acuerdo con una constitución local compatible y subordinada a la Constitución de los Estados Unidos. La mayoría de los gobernadores representan electorados integrados por ciudadanos americanos de ascendencia puertorriqueña. Decenas de miles de puertorriqueños han servido a nuestra nación con distinción en todos los conflictos militares de los Estados Unidos en este siglo, ganando numerosas condecoraciones -entre las que se cuentan cuatro medallas póstumas al honor- y alcanzando en algunos casos los rangos de general y almirante. Sin haber sido admitidos en la Unión, los residentes de Puerto Rico han sufrido muchas perdidas en combate defendiendo los intereses de los Estados Unidos en la Primera Guerra Mundial, en la Segunda Guerra Mundial, en Corea, Vietnam y el Golfo Pérsico. Atletas, estudiantes, artistas, empresarios, profesionales y trabajadores de origen puertorriqueño han contribuido a lo largo de este siglo al enriquecimiento espiritual y socioeconómico de los Estados Unidos.

Resulta esencial que el status político permanente y definitivo de Puerto Rico sea escogido democráticamente por los ciudadanos americanos que allí residen. La Asociación de Gobernadores sureños reconoce y respalda el derecho del pueblo de Puerto Rico a ejercitar libremente la autodeterminación política por la mayoría de votos sobre opciones que van desde la estadidad estadounidense a la independencia soberana.

Una absoluta mayoría de los votantes de Puerto Rico apoyó una plataforma que busca el patrocinio del Congreso para un plebiscito sobre el status político de Puerto Rico. La responsabilidad de dictar "todas las leyes y reglamentaciones referidas a los territorios o todo otra propiedad perteneciente a los Estados Unidos" le ha sido conferida al Congreso de los Estados Unidos por el artículo IV, Sección 3 de la Constitución estadounidense.

Por consiguiente, en harmonía con el tradicional reconocimiento de la importancia de la autodeterminación por el pueblo de Puerto Rico de su status político, la Asociación de Gobernadores Nacionales urge a que el 106 Congreso dicte la legislación que permita, no más allá del año 2000, establecer un mecanismo para la autodeterminación política de los ciudadanos americanos que residen en Puerto Rico.

Tiempo limitado (efectiva REUNIÓN DE INVIERNO 1999- REUNIÓN DE INVIERNO 2001).

Adoptada, Reunión Anual 1978; Reunión de Invierno 1989, revisada; Reunión de Invierno 1993, revisada y reafirmada; Reunión de Invierno 1995, reafirmada; Reunión de Invierno 1997, revisada (ex Norma A-6).

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